Reforma Tributaria ¿Crónica de una muerte del Portal Anunciada? Por Darwin Pacheco

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Antecedentes:

 

Es bien sabido en el mundo tributario, que desde que se creó el sistema de retenciones de IVA, estableciendo porcentajes de retención de un 75% sobre los débitos fiscales (originados de las ventas), sin considerar las compras, el Estado buscó una recaudación anticipada; pero para el contribuyente representó una confiscación, y para el contribuyente especial una carga laboral adicional.

En principio, la retención no es nada nuevo en el mundo tributario, lo irracional era el porcentaje, y los procedimientos de devolución en caso de excedentes, que son extenuantes y en una economía en inflación dichas devoluciones se convierten en unas pérdidas.

Finalmente, en vista de la disminución de los ingresos en Divisas del Estado, tanto ingresos petroleros, como la destrucción del aparato productivo, consecuencia de un control de cambio extendido  por más de 10 años, el Estado en búsqueda de otros ingresos y a conciencia de una inflación decide buscar medios de ingresos anticipados nuevamente.

Y comienza desde hace bastante tiempo, a modificar los métodos para determinar los índices de inflación, posteriormente evita publicar los índices de inflación, y  determinar las unidades tributarias sin el procedimiento de inflación previsto en la legislación.

Lo cual le facilita, entre otros aspectos, el nombrar como contribuyentes especiales a compañías que operativamente no eran grandes contribuyentes, pero así se controlan más empresas, se generan mayores retenciones y mayor carga para el contribuyente.

Paralelamente, se creó un mal llamado “Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras”, que cobra impuesto a los pagos emitidos, por los contribuyentes especiales, sin importar el monto de la transacción, a sabiendas de que ya podían existir bodegas (legalmente constituidas) nombradas contribuyentes especiales, no generando por su puesto esa carga en el comercio informal, que quizás sin puede generar “Grandes Transacciones”.

Aun así, se necesitan más ingresos, y el Estado señala que esta  reforma busca evitar mayor inflación. No obstante, el cobro anticipado de cualquier ente, es una medida para enfrentar la inflación que el mismo Estado padece. Por lo que la credibilidad es bastante baja, desde el punto de vista estratégico.

Titulares de la Reforma

En la reforma, se anuncia aspectos generales, como por ejemplo, que la base será los ingresos del mes anterior,  cuando finalmente se pública, la base es prácticamente en todos los aspectos, de la semana anterior, y básicamente te da días para armar los reportes y cifras, declara y pagar.

Estas declaraciones, son tres (3) por semana:

  1. Impuesto al Valor Agregado (IVA) semanal, sobre la base de un IVA incrementado de un 12% a un 16%, y armando un reporte de Ventas y Compras de la semana inmediatamente anterior.
  2. Las retenciones de IVA, reporte TXT, sobre la base de las comprar ejecutadas la semana inmediatamente anterior. Las cuales son de un 75% o un 100% del IVA, de las mencionadas compras, de una semana.
  3. El anticipo de ISLR, sobre la base de los ingresos de la semana anterior, modificando básicamente los supuesto de anticipos de la ley en materia de rentas, pues toma en cuenta la base de los ingresos, y no la ganancia, creando excedentes que probablemente sean compensables a muy largo plazo.

 

Todos estos aspectos, generan una carga laboral exagerada para el contribuyente, y un costo desde el punto de vista de flujo de efectivo, que no se observa en la estructura de costo de sus productos, ya que tanto el IVA, como las retenciones contablemente, no se reflejan en los costos, pero si afecta el Capital de Trabajo de una compañía.

En una economía inflacionaria, no hay nada que sea más perjudicial que el flujo de caja, por lo que estos efectos les pueden hacer el juego político al gobierno, pues obliga a muchos empresarios a incumplir con procedimientos, o incumplir con los precios adecuados (según el Estado), para subsistir.

La Plataforma

Algo que demuestra el gran desastre que genera este trabajo, es que el SENIAT, debe generar un gran volumen de obligaciones tributarias en el sistema,  como nunca, y prácticamente semanal, son tres (3) declaraciones por cada contribuyente especial, lo cual genera mínimo para el mes de septiembre, 14 declaraciones por contribuyente especial, incluyendo la declaración ordinaria de IVA de agosto y el XML (retenciones de ISLR).

Desde el  momento en que algunos colegas y contribuyentes vimos el tamaño del mostro, sabíamos que el sistema va a colapsar.  Y lo peor es que nosotros podemos entender la carga de este sistema, y los funcionarios del SENIAT.

Ahora, lo que no estoy seguro es que el Gobierno  y sus instituciones logren entender que las empresas también pueden a colapsar.

 

Lic. Darwin Pacheco

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